NUEVA ACTUALIZACIÓN: El 5 de marzo de 2019 se ha publicado en el BOE el Decreto-Ley sobre Vivienda que no se convalidó en enero de 2019 y que en esta ocasión sí se ha podido poner en marcha. Este nuevo decreto ley puede consultarse de forma íntegra aquí.
Tras aprobarse en el Consejo de Ministros del pasado viernes 1 de marzo de 2019 las modificaciones a la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) y de la Ley de Propiedad Horizontal (LPH), y publicarse estos cambios en el BOE del 5 de marzo, los contratos de alquiler turístico y de larga temporada, se rigen ya por nuevas normas.
En lo referente a los cambios en la LAU que refleja este Decreto Ley, la Sección I, que modifica la Ley 29/1994, del 24 de noviembre, se excluye específicamente el alquiler turístico de una vivienda y la considera como actividad económica que debe regirse por las leyes de turismo aplicables en cada región.
Este Decreto Ley 7/2019 modifica, entre otras cosas, la LPH en su Sección II y con efecto directo sobre el ejercicio del alquiler turístico de una vivienda en un edificio residencial. En este sentido, toda vivienda que quiera darse de alta en España como vivienda turística, deberá contar desde ahora con la aprobación de 3/5 partes de la comunidad de propietarios. Hasta la aplicación de estos cambios normativos en la Ley, era necesaria la unanimidad para prohibir, o aprobar, la existencia de viviendas turísticas en un edificio.
La comunidad de propietarios también tendrá la potestad de limitar o poner condiciones a la actividad de alquiler vacacional de una vivienda, como obligar al propietario a realizar pagos adicionales a la comunidad o de incrementar su cuota (máximo un 20%).
Estos cambios no afectas a las viviendas turísticas que ya están en activo, es decir, no es retroactivo.
En el ámbito del alquiler de larga temporada, el Decreto Ley realiza varias modificaciones a la LAU como es la ampliación de los contratos de alquiler, la limitación de la fianza y la obligación a que el pago de la comisión de la agencia inmobiliaria intermediaria se realice por el propietario, entre otros aspectos. Así mismo, está prevista la publicación por parte del Ministerio de Vivienda de una guía de precios máximos de alquiler.
Si quieres leer la publicación del Decreto Ley 7/2019 del 1 de marzo en el BOE, pincha aquí.