Licencias de alquileres vacacionales en las Islas Baleares

Al hilo de nuestras investigaciones sobre la ley de alquileres vacacionales en España, hemos hablado con el Gobierno de Baleares para averiguar cómo la nueva ley afecta a los alquileres vacacionales en Mallorca, Menorca, Ibiza y Formentera. 

El punto más importante a tener en cuenta es que esta ley sólo afecta a viviendas unifamiliares independientes y a viviendas unifamiliares pareadas, no extendiéndose a la categoría de apartamentos. La ley no permite que los apartamentos se alquilen con fines turísticos. Por otro lado la “ley de arrendamientos urbanos” permite para cualquier tipología de vivienda, hacer arrendamientos de corta duración, según una modalidad de contrato que se llama "de temporada", pero no desde un punto de vista turístico (lo que implica entre otras cosas que no se podrían prestar servicios turísticos ni anunciarse en webs o agencias destinadas a alquileres de tipo "vacacional" o "turístico"). 

Al igual que con el resto de comunidades autónomas, las Islas Baleares identifican alojamientos turísticos, los que funcionan como negocios y ofrecen servicios turísticos, por ejemplo "establecimientos de alojamiento de turismo rural" y apartamentos turísticos.

Cómo registrar su casa particular para vacaciones

Si usted tiene una villa en propiedad privada que le gustaría registrar, debe solicitar un número ETV (Estancia Turística en Viviendas) en las oficinas de la Dirección General de Turismo. Aquí podrá encontrar cómo solicitar su licencia para alquiler vacacional en las Islas Baleares

Tipo de propiedades que pueden solicitar un  ETV:

Viviendas unifamiliares independientes y viviendas unifamiliares pareadas.

¿Quién puede solicitar una licencia?

Particulares o empresas que promocionan una casa residencial para estancias de corta temporada. Esto incluye también a propietarios que alternan entre usar su casa como alquiler vacacional y utilizarla para su propio uso personal.

Entre los requisitos a cumplir, el máximo número de habitaciones y plazas que se pueden inscribir es de 6 y 12, respectivamente, y que la dotación mínima de baños ha de ser de uno por cada 3 plazas (concretamente se exige uno hasta 5 plazas, dos por entre 6 y 8 plazas, tres por entre 9 y 11 plazas y cuatro si tiene 12 plazas).

Todos los requisitos necesarios para solicitar la licencia de alquiler turístico los podrá encontrar haciendo clic aquí.


Por supuesto es necesario que declare los ingresos de su alquiler vacacional a final de año en su Declaración de la Renta.

¿Cuanto tarda registrar mis casa?

El plazo máximo para resolver el procedimiento es de 6 meses. Posteriormente la inspección de turismo se pondrá en contacto con el solicitante para hacer una visita a la casa. En cualquier caso, siempre y cuando se cumplan los requisitos legales, podrá iniciarse la actividad turística desde el mismo momento en que se registre la documentación.

¿Dónde solicito mi número ETV?

Si su villa está en Mallorca, visite:

Oficinas en Palma Arena
Tel: +34 971 178 999

Si su villa está en Menorca, visite:

Consejo Insular de Menorca

Seu del CIM Pl. de la Biosfera

507703 Maó
Tel: +34 971 356 050 

Si su villa está en Ibiza, visite:

Consejo Insular de Ibiza
Av. de Espanya, 49, 2d floor
07800 Eivissa

Tel: 971 195 433

Para más información online:

Haga clic aquí para ver la legislación turística general para las Islas Baleares (artículos 49 - 52)

Web general que contiene información y datos acerca de el registro de todo tipo de alojamientos en las Islas Baleares